Enfermera en el pasillo de un hospital

Piden cambios legislativos urgentes para evitar sentencias que prohíben a las enfermeras acceder a cargos directivos

Publicado 6 mayo 2026. Fuente: Consejo General de Enfermería

El Consejo General de Enfermería pide al Gobierno y a todos los partidos políticos cambios legislativos urgentes para evitar sentencias que prohíben a las enfermeras acceder a cargos directivos por encontrarse dentro de la categoría A2 de la Administración.

Situación que ha vuelto a ocurrir en las Islas Baleares, puesto que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha anulado una resolución de septiembre de 2019 por la que se nombraba a una enfermera directora de la Zona Básica de Salud del Centro de Salud de Sa Torre, en Mallorca.

La razón del recurso se centraba en haber abierto la convocatoria al personal de enfermería como personal del grupo A2, para cuyo análisis la Sala aplica la idea de superior dirección del médico en el proceso de atención integral sobre la salud del paciente, a partir de los conceptos de médico responsable e historia clínica.

El Tribunal señala que la posibilidad de que el personal del subgrupo A2 tenga acceso al cargo de director de zona básica de salud, resulta contraria a la configuración realizada respecto de dicho cargo por la normativa autonómica, de manera que, con las competencias atribuidas al cargo de director de ZBS, no resulta razonable que ese puesto pueda recaer en una persona que no ostente la condición de facultativo médico.

Por esto mismo, desde el Consejo General de Enfermería muestran su apoyo al posicionamiento del Colegio de Enfermería de Islas Baleares, que plantea la necesidad de avanzar hacia un modelo en el que el acceso a los cargos directivos se lleve a cabo en función de méritos, competencias y formación en gestión, evitando el carácter excluyente de la titulación de origen.

De hecho, el CGE recuerda que esta no es la única sentencia de estas características, ya que hace tan solo unos meses hubo otra en Extremadura en la que la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo anuló parte del Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprobaba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura que permitía a los A2 dirigir zonas de salud.


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